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lunes, 7 de agosto de 2023

Confraternidad de Iglesias en Mixco Guatemala.

Culto de consagración espiritual la iglesia tomando la cena del señor en Mixco.
El Obispo Distrital Hugo Cifuentes  presentó el mensaje del  señor motivando a la iglesia a la santidad.
Otro Ángulo de la congregación presente fue una poderosa bendición.
Los músicos que amenazaron el culto fueron los músicos de Moserrat 2.


lunes, 2 de septiembre de 2019

PASTORES Artículo 40

1. Requisitos para ser Pastor.

a) Manifestar vocación al llamamiento pastoral.

b) Aprobación del Pastor.

c) Conocimiento de la doctrina.

d) Estar de acuerdo con el sistema administrativo y económico de la Iglesia.

e) Ser miembro fiel al cumplimiento de sus diezmos.

f) Estar disponible a tiempo completo para donde lo requiera la Directiva Nacional.

g) Disponibles para el estudio Teológico.

h) Que su esposa y familia estén de acuerdo a ejercer el ministerio en compañía de él.

i) Que ambos estén dispuestos a la formación pastoral.

j) Que haya evidencia que ambos son sellados con el Espíritu Santo.

k) Que ambos gocen de credibilidad y buen testimonio de la iglesia.

l) Que sus hijos bajo su dominio estén sujetos para dar que su trabajo pastoral sea efectivo y prosperado.

2. Deberes de los pastores.

a) Demostrar lealtad a la Iglesia Apostólica de la Fe en Cristo Jesús.

b) Recibir bien a las autoridades superiores.

c) Alimentar, instruir por todos los medios posibles con el consejo de la Palabra de Dios a sus iglesias. (Hechos 20:26-27).

d) Deben organizar sus iglesias de acuerdo a su necesidad, en sociedades y comités.

e) Ser responsable de que su congregación, cumpla con lo relativo a los envíos de todos los Porcentajes que correspondan a la Tesorería General; debe también reunir las ofrendas evangelísticas misioneras y de cualquier otro tipo que se acuerde y remitirlos a donde corresponde.

f) Los pastores que no cumplan con estos deberes, serán requeridos por la autoridad correspondiente y si persiste en no aceptar esos acuerdos los supervisores deben tomar medidas necesarias, para la corrección de tales anomalías.

g) Debe asistir a todas las reuniones, sectoriales, regionales, distritales y nacionales.

h) Los pastores tienen el deber de cumplir con todos los acuerdos en las convenciones, sectoriales, regionales, distritales y nacionales.

i) Enseñar los puntos doctrinales que cree y enseña la Iglesia Apostólica de la Fe en Cristo Jesús, cumplirla y hacerla cumplir en conformidad con la presente Constitución y su parte reglamentaria.

j) Administrar sacramentos, con reverencia y solemnidad y exigir el cumplimiento de la disciplina de la Iglesia.

k) Cuidar de los templos, mobiliario, de los mismos, casas pastorales, y demás objetos que pertenezcan al culto, de los cuales no podrán disponer, para provecho personal.

l) Deben interesarse en hospedar y atender a todos sus compañeros aun cuando fuere inferior a su categoría. (Hebreos 13:1-2).

m) Motivar la construcción de Templo donde no exista, en acuerdo con su congregación.

n) Los pastores son responsables de la recta administración de los fondos de sus iglesias, preferible es, que ellos no funjan como Tesoreros de sus congregaciones. Deben tener cuidado de que los fondos se utilicen para el fin con que se reúnan.

o) Debe convocar y presidir las reuniones de la Iglesia, las cuales se deben realizar cuando él lo crea conveniente y deben participar los miembros que disfruten de plena comunión.

p) Convocará a reunión a diáconos y líderes locales con el fin de perfeccionar la obra de Dios, él fijará la hora y día de la reunión.

q) Es responsable de designar a todo el personal que necesite para los diferentes ministerios del trabajo local, procurando que los que sean designados tengan buen testimonio, llenos del Espíritu Santo y de sabiduría. (Hechos 6:3).

r) Debe revisar mensualmente todos los libros de actas y de Tesorería Local, con el propósito de mantenerse informado del movimiento económico de la iglesia. También deberá firmar y sellar todos los libros al final del mes, o en su defecto nombrar un personal calificado para desarrollar dicho trabajo.

s) Es responsable de todos los edificios, enseres, documentos y demás posesiones de la Iglesia, deberá entregarlos por inventario a sus sucesores a satisfacción de la Iglesia y el Anciano sectorial con un archivo.

t) Debe estar dispuesto al cambio pastoral cuando las necesidades de la obra lo requiera a través de la Mesa Directiva Nacional.

u) Ningún Pastor debe intervenir en los asuntos internos de la Iglesia que ha pastoreado antes, solamente que la Mesa Directiva Nacional lo comisione para un trabajo específico, o en su defecto, que el Pastor actual, lo invite por escrito, no deberá comunicarse vía telefónica con miembros de la iglesia que pastoreó al momento del cambio.

v) Todos los pastores deberán utilizar los expositores apostólicos que el departamento de educación elabore y la Mesa Directiva Nacional autorice.

w) Si un Pastor cumple con todos sus deberes establecidos, será bendecido por Dios, reconocido por su Iglesia, apoyado por su Anciano Supervisor, apto para escalar a otra posición, y reconocido por la honorable, Mesa Directiva Nacional. (Isaías 6:14; Salmo 28:9).

martes, 4 de septiembre de 2018

PASTORES INICIADOS ARTICULO 49

1. Requisitos para ser Pastor Iniciado.

a. Ser un hombre que esté lleno del Espíritu Santo.

b. Debe estar sujeto al Pastor de su Iglesia o autoridad inmediata.

c. Haber sido cumplido con el pago de sus diezmos.

d. Que haya cursado satisfactoriamente los estudios Teológicos aprobados por la Mesa Directiva Nacional.

e. Que tenga conocimiento pleno de los puntos doctrinales y lineamientos en la presente Constitución.

f. Deberán demostrar vocación y sincero interés, cumpliendo con fidelidad y respeto hacia sus pastores todas las comisiones y trabajos que se les asignen durante el tiempo de su prueba. (2 Timoteo 3:10).

g. Para ser iniciado tener una edad de 18 años mínimo y máximo de 35 años.

2. Limitaciones para un Pastor Iniciado.

a. No podrá realizar ningún sacramento como: Bautizar, imponer manos, ungir con aceite, realizar Santa Cena, lavatorio de pies, presentación de niños, Matrimonios y otras actividades que le corresponde solamente a pastores ordenados.

b. No podrá hacer ninguna clase de juicios, o excomulgar a los miembros, para cuando le presenten casos de juicios, deberá solicitar la ayuda de su Anciano Auxiliar.

c. No podrá implantar disciplinas sino fuera autorizado por el Anciano Auxiliar.

d. No podrá inaugurar templos o colocación de primera piedra de cualquier edificio.

e. No podrá ocupar ningún cargo de responsabilidad en el Sector o Región.

3. Derecho a votar en las elecciones, siempre que se haya

mantenido fiel y esté dedicado a tiempo completo con una iglesia o misión bajo su responsabilidad, además deberá contar con el aval de su Anciano y en última instancia del Obispo Distrital.

jueves, 16 de agosto de 2018

JUBILADOS ARTICULO 51


DE LOS JUBILADOS

Artículo 51

1.          Condiciones para ser jubilados.
a.           Por incapacidad física o mental.
b.          Por discapacidad a consecuencia de un accidente.
c.           Por enfermedad común.
d.          Por avanzada edad.
e.           Por el tiempo de trabajo en el ministerio.

2.          Deberes de los jubilados.
a.           Asistir a una Iglesia Apostólica más próxima en donde vive.
b.          Presentarse a la reunión sectorial de fin de año para firma su supervivencia.
c.           Las viudas de los ministros, deberán firmar su supervivencia a cada fin de año con su respectivo Pastor.
d.          Deberá cumplir con el pago de sus diezmos a la Iglesia a la cual pasó a ser miembro.
e.           Podrá visitar las iglesias de su Distrito y Sector, siempre y cuando se lo autorice su  Obispo y Anciano.

3.          Derechos de los jubilados.
a.           Recibirá atenciones, espirituales y económicas departe de la Mesa Directiva, Sectorial, Regional y Secretaría Nacional de Asistencia Social.
b.          Tendrá derecho a un incentivo decoroso a medio año.
c.           Tendrá derecho, al aguinaldo de parte de la Secretaría de Asistencia Social en el fin de año.