Articulo 50
1. Requisitos.
a. Debe tener la recomendación de su Pastor, verbal y por escrito.
b. Debe gozar de credibilidad de las personas que lo rodeen, como la iglesia, y su familia.
c. Que cumpla con todos los requerimientos económicos establecidos en la Palabra y la Constitución.
d. Que esté anuente a cursar los estudios Teológicos establecidos por la Secretaria Nacional de Educación por medio del, Instituto Teológico Apostólico Nacional. (ITAN).
e. Que esté dispuesto a dejar su trabajo material para dedicarse directamente al pastorado a tiempo completo.
f. Ser lleno del Espíritu Santo como lo ordenan las Sagradas Escrituras.
g. Manifestar vocación al llamamiento pastoral. No tiene derecho a voto en las elecciones, aunque puede participar como observador.
Un blog Apostólico donde busco compartir reflexiones, enseñanzas, testimonios desde una perspectiva cristiana.
domingo, 2 de septiembre de 2018
PASTORES ENCARGADOS A TIEMPO COMPLETO ARTICULO 50
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