Articulo 50
1. Requisitos.
a. Debe tener la recomendación de su Pastor, verbal y por escrito.
b. Debe gozar de credibilidad de las personas que lo rodeen, como la iglesia, y su familia.
c. Que cumpla con todos los requerimientos económicos establecidos en la Palabra y la Constitución.
d. Que esté anuente a cursar los estudios Teológicos establecidos por la Secretaria Nacional de Educación por medio del, Instituto Teológico Apostólico Nacional. (ITAN).
e. Que esté dispuesto a dejar su trabajo material para dedicarse directamente al pastorado a tiempo completo.
f. Ser lleno del Espíritu Santo como lo ordenan las Sagradas Escrituras.
g. Manifestar vocación al llamamiento pastoral. No tiene derecho a voto en las elecciones, aunque puede participar como observador.
EL Pastor Roque comparte su testimonio, experiencia y lecciones aprendidas en su caminar con Cristo.
domingo, 2 de septiembre de 2018
PASTORES ENCARGADOS A TIEMPO COMPLETO ARTICULO 50
¿Alguna vez te has preguntado cómo la fe puede transformar tu vida cotidiana? “En todo lo que hagas, pon a Dios primero” (Proverbios 3:6). Hace unos años, me encontré en una encrucijada y descubrí que mi fe era mi brújula.
jueves, 16 de agosto de 2018
JUBILADOS ARTICULO 51
DE LOS JUBILADOS
Artículo
51
1.
Condiciones para ser jubilados.
a.
Por incapacidad física o mental.
b.
Por discapacidad a consecuencia de
un accidente.
c.
Por enfermedad común.
d.
Por avanzada edad.
e.
Por el tiempo de trabajo en el
ministerio.
2.
Deberes de los jubilados.
a.
Asistir a una Iglesia Apostólica
más próxima en donde vive.
b.
Presentarse a la reunión sectorial
de fin de año para firma su supervivencia.
c.
Las viudas de los ministros,
deberán firmar su supervivencia a cada fin de año con su respectivo Pastor.
d.
Deberá cumplir con el pago de sus
diezmos a la Iglesia a la cual pasó a ser miembro.
e.
Podrá visitar las iglesias de su
Distrito y Sector, siempre y cuando se lo autorice su Obispo y Anciano.
3.
Derechos de los jubilados.
a.
Recibirá atenciones, espirituales
y económicas departe de la Mesa Directiva, Sectorial, Regional y Secretaría
Nacional de Asistencia Social.
b.
Tendrá derecho a un incentivo
decoroso a medio año.
c.
Tendrá derecho, al aguinaldo de
parte de la Secretaría de Asistencia Social en el fin de año.
¿Alguna vez te has preguntado cómo la fe puede transformar tu vida cotidiana? “En todo lo que hagas, pon a Dios primero” (Proverbios 3:6). Hace unos años, me encontré en una encrucijada y descubrí que mi fe era mi brújula.
martes, 14 de agosto de 2018
DE LA PARTICIPACIÓN EN LA POLÍTICA ARTICULO 52
Artículo 52
a)
Ningún miembro de la Mesa
Directiva Nacional, Obispos, Pastores, Ministros o miembros de la Iglesia
Apostólica de la Fe en Cristo Jesús, deberá participar o involucrarse en la
política.
b)
Si un miembro de la Mesa Directiva
Nacional se involucrará en la política este será llamado, y requerido por los
miembros restantes de la Mesa Directiva Nacional, de no obedecer se le depondrá
de su puesto con la presencia del Obispo de Distrito y Anciano de donde
pertenece. Si este continuara y pusiera
en peligro la dignidad de la Iglesia, se le juzgará y quedará fuera de
comunión.
c)
Si un Obispo de Distrito se
involucrara en la política, será llamado por la Mesa Directiva Nacional para
que deponga su actitud, de no hacerlo se le juzgará y cesado de su cargo,
quedando como Ministro. Si este continuara
se le depondrá de su ministerio y si insistiera y pusiera en peligro la
dignidad de la Iglesia será juzgado y puesto fuera de comunión.
d)
Si un Anciano se involucrara en la
política el Obispo de su Distrito le requerirá, de no obedecer será sometido a
la Mesa Directiva Nacional, quienes tratarán el caso motivándole para que
deponga su actitud; si este no oyere y continuara, se le depondrá de su cargo
quedando como Ministro, si insistiera y pusiera en peligro la dignidad de la
Iglesia se le juzgará y quedará fuera de comunión.
e)
Si un Pastor o Ministro se
involucrara en la política, este será requerido por su Anciano pero este
continuará, se le remitirá al Obispo de Distrito, este agotará todos los
recursos para que deponga de su actitud, si éste no logra que dicho Pastor
reflexione será remitido a la Mesa Directivo Nacional quien le juzgará y le hará cesar de su ministerio y si pusiera
en peligro la dignidad de la Iglesia se le juzgará y quedará fuera de comunión.
f)
Si un miembro de la Iglesia se
involucrara en la política, este será requerido por su Pastor; si este
continuara con esta ideología será sometido a la disciplina que el Pastor crea
o juzgue conveniente ya sea: preventiva,
correctiva o indefinida.
g)
Si un miembro de la Iglesia que
teniendo privilegios se involucrara en la política este será llamado por su
Pastor y requiriéndole no obedeciere, será cesado de su privilegio y si
insistiera será sometido a disciplina de acuerdo al caso y aplicada de acuerdo
a la que aparece en el inciso (e) del presente artículo.
h)
Cada miembro de la Iglesia como
todo un buen ciudadano deberá emitir su voto secretamente, sin hacer
proselitismo a ningún partido político con los demás miembros de la Iglesia.
¿Alguna vez te has preguntado cómo la fe puede transformar tu vida cotidiana? “En todo lo que hagas, pon a Dios primero” (Proverbios 3:6). Hace unos años, me encontré en una encrucijada y descubrí que mi fe era mi brújula.
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