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jueves, 11 de octubre de 2018

SEGURO PASTORAL Artículo 47

a) Al observar a familias de consiervos sufrir como consecuencia de la muerte del cabeza del hogar, es decir el Pastor, el cual habiéndose entregado a la obra no se percató de que un día el Señor lo llamaría a su presencia y dejaría a su familia desamparada, sin un techo donde vivir, un terreno donde construir una casa y una deuda que pagar. Es por eso que hemos determinado que cada Pastor tenga un seguro.

b) Cada Pastor o Ministro debe estar asegurado porque de esta forma ayudará a su familia en su ausencia.

c) Buscará la manera más adecuada y posibilidades para inscribirse en alguna aseguradora.

d) Organizará en su iglesia el comité del Cosepal = comité Seguro Pastoral.

El pecado de muerte

Texto base 1 Juan 5:16–17 Si alguno viere a su hermano cometer pecado que no sea de muerte, pedirá, y Dios le dará vida; esto es para los ...